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REGISTRO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  

 

El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a través de su cuenta oficial en twitter, informó que, en el marco del Plan “INPSASEL TE ACOMPAÑA”, se encuentran realizando el registro de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo,  por lo que, exhorta a los empleadores a dar cumplimiento a las obligaciones previstas en la LOPCYMAT, su Reglamento Parcial y la Norma Técnica NT-03-2016 “Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo”.

A continuación, mencionamos los requisitos para el registro de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo Propios:

  • Cédula de Identidad del Empleador o del Representante Legal (Anexando el Poder Notariado).
  • Acta Constitutiva y Estatutos (debidamente registrados y actualizados).
  • Acta de Asamblea registrada o Gaceta Oficial, donde conste la designación del representante legal.
  • Registro de Información Fiscal (RIF) actualizado.
  • Inscripción en la Superintendencia Nacional de Cooperativas y certificación de cumplimiento (de ser el caso).
  • Solvencia Laboral vigente.
  • Funciones del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (por escrito).

 Los mencionados recaudos, deben ser consignados en formato PDF, a través de un CD, que debe estar identificado con: Razón Social, Nombre del Centro de Trabajo y el RIF.

Requisitos para el registro de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo Mancomunados:

  • Cédula de Identidad del Empleador o del Representante Legal (Anexando el Poder Notariado).
  • Acta Constitutiva y Estatutos (debidamente registrados y actualizados).
  • Acta de Asamblea registrada o Gaceta Oficial, donde conste la designación del Representante Legal.
  • Registro de Información Fiscal (RIF) vigente.
  • Número de Identificación Laboral (NIL) actualizado.
  • Inscripción en la Superintendencia Nacional de Cooperativas y certificación de cumplimiento (de ser el caso).
  • Solvencia Laboral vigente.
  • Funciones del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (por escrito).
  • Manifestación de voluntad para establecer un Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Mancomunado Tipo I y/o Tipo II, entre patronos.
  • Convenio o contrato entre el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Mancomunado Tipo I y/o Tipo II y, la Empresa Prestadora del Servicio.

Los indicados requisitos, deben ser consignados en formato PDF, por medio de un CD, que debe estar identificado con el RIF de cada Entidad de Trabajo.